Alumnado oficial
- Dentro del régimen de enseñanza oficial, los siguientes cursos conducen a pruebas de certificación:
- El 2º curso de nivel básico conduce a la prueba de certificación de nivel básico, que equivale al nivel A2.
- El curso de nivel intermedio conduce a la prueba de certificación de nivel intermedio, que equivale al nivel B1.
- El 2º curso de nivel avanzado conduce a la prueba de certificación de nivel avanzado, que equivale al nivel B2.
- En el régimen oficial las pruebas de certificación están integradas en el desarrollo del curso. La tasa de matriculación inicial da derecho a la realización de dichas pruebas en sus dos convocatorias: junio y septiembre. No se precisa inscripción específica a las pruebas.
- El alumnado matriculado en régimen oficial puede matricularse por libre en otro idioma. Para ello es necesario haber solicitado del 1 al 15 de marzo simultaneidad de matrícula en el centro en el que se tenga abierta la matrícula oficial.
- No es posible simultanear matrícula oficial y libre en un mismo idioma.
Alumnado libre
- Para acceder al régimen de enseñanza libre, es necesario tener 16 años o cumplirlos en el año natural en el que se formalice la matrícula.
- Las tasas de matrícula libre dan derecho a la realización de las pruebas de certificación en sus dos convocatorias: junio y septiembre.
- Solo es posible formalizar matrícula en un nivel por idioma.
- La matrícula libre de idiomas tiene efectos inmediatos. No hay un proceso previo de admisión.
- Para matricularse en cualquiera de los niveles ofertados en las escuelas oficiales de idiomas, no es necesario acreditar el nivel anterior.